Beneficio para los trabajadores bancarizados y perjuicio para los bancos: quienes cobran sus salarios a través de un cajero automático podrán, desde el viernes próximo, extraer dinero de los aparatos de cualquier banco y de cualquier red (Link o Banelco) sin que deban pagar comisión alguna por el trámite.
El Gobierno nacional promulgó y publicó en el Boletín Oficial la norma que sancionó el Congreso mediante la cual se reformó el artículo 124 de la ley 20.744, de contrato de trabajo, que determina las condiciones en las que los empleadores deben abonar los salarios a sus trabajadores.
Entre otras cuestiones, el artículo reformado establece: "las entidades financieras no podrán bajo ningún concepto establecer costo alguno para la extracción de fondos de las cuenta sueldo en todo el sistema bancario y cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada".
Hasta ahora, la legislación vigente sólo obligaba a los bancos a conceder un mínimo de cuatro extracciones sin costo a sus clientes con cuentas sueldo. Es decir que, si un trabajador realizaba más de cuatro extracciones de un cajero del mismo banco proveedor de la tarjeta de débito, debía pagar una comisión. Además, antes de la reforma, si un empleado retiraba dinero de su sueldo de un banco distinto al suyo, pero de la misma red (por ejemplo, Banelco), el costo a pagar por la transacción era aún mayor. Lo más costoso para los poseedores de cuentas sueldo era extraer dinero de un aparato de una red distinta a la que utiliza el banco en donde está radicada la cuenta (siguiendo el ejemplo, Link). A partir de estos cambios, el Banco Central tendrá tiempo hasta el viernes próximo para adecuar el nuevo marco legal vigente.
Otra cuestión que establece la reforma es que las remuneraciones al trabajador deberán pagarse "en efectivo, cheque a la orden o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o instituciones de ahorro oficial". Es decir, que los empleadores no están obligados a bancarizar su personal, sino que también puede pagarles en efectivo o mediante cheque.
La normativa añade que "dicha cuenta especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada". Una salvedad importante es que la prohibición de cobrar comisiones alcanza al dinero correspondiente al salario, pero si el trabajador ingresa allí fondos extras no relacionados con sus salarios, estas sumas sí podrán estar alcanzadas por las comisiones. Esto obligará a los bancos a discernir cuándo aplicar comisiones y cuándo no.
Ejecutivos, molestos
La noticia sobre que no podrán cobrar más comisiones por las extracciones de los cajeros no cayó bien entre los ejecutivos bancarios. Según explicaron dos directivos de bancos que operan en Tucumán, el mayor problema se da en el hecho de que ahora serán las entidades las que deberán asumir el costo que cobran las redes de cajeros automáticos (Banelco y Link) por prestar el servicio. Hasta ahora, gran parte de ese costo -según banqueros- lo asumían los clientes a través de las comisiones. Además, aunque ningún ejecutivo dejó trascender las cifras, en el ambiente bancarios se habla que las entidades perderán millones por el no cobro de ese servicio a sus clientes.
LARGAS COLAS.- Los clientes de los bancos que tienen gran cantidad de trabajadores bancarizados, por ejemplo los estatales, podrán evitar, ahora, la realización de largas colas. Hasta ahora, en las fechas de pago era habitual observar largas filas en la entidad financiera del Estado. Después de la reforma, los estatales podrán retirar dinero del cajero de cualquier banco sin pagar un peso extra.
LOS BANCOS Y LA VIA JUDICIAL.- Trascendió que las asociaciones de bancos a nivel nacional estudian con sus abogados la posibilidad de plantear reparos judiciales a la nueva normativa. Si bien no trascendió cuál será el justificativo legal para objetar la reforma, se especula con la posibilidad de que se quejen por las pérdidas que el no cobro de la comisión les ocasionarán a los bancos.
DETALLES EN EL RESUMEN DE CUENTA.- Para saber cuánto se pagaba hasta ahora de comisión por extracción de dinero de un cajero que no sea del banco emisor de la tarjeta de débito, cualquier trabajadores debe observar el resumen de movimientos de ese plástico (viene por separado del de la de crédito). En el detalle, la operación dice, justamente "comisión por extracción", y añade un detalle de la red o entidad de la que se extrajo dinero.